La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, mediante el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid, pretende reducir la demanda energética procedente de fuentes de energía convencionales, disminuir la factura energética de los usuarios e impulsar el desarrollo de los recursos energéticos renovables en la Comunidad de Madrid.
Se consideran como actividades susceptibles de obtener ayudas para promoción del autoconsumo energético renovable y sostenible en la Comunidad de Madrid las siguientes instalaciones nuevas de aprovechamiento de recursos energéticos renovables para autoconsumo, ubicadas en la Comunidad de Madrid:
- a) Solar fotovoltaica: Instalaciones conectadas en el interior de una red acogida a cualquiera de las modalidades de autoconsumo.
- b) Solar térmica de baja y media temperatura.
- c) Aprovechamiento de energía geotérmica: sistemas de aprovechamiento de la energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su consumo en el sector doméstico, industrial o de servicios, mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos.
- d) Minieólica: instalaciones cuya potencia nominal instalada sea menor o igual a 5 kW.
- e) Redes de autoconsumo compartido.
- f) Instalaciones mixtas de dos o más de los tipos anteriores.
La cuantía del incentivo se calculará aplicando al coste elegible los siguientes porcentajes:
Sola fotovoltaica | 25% |
Solar fotovoltaica doble cara | 30% |
Solar térmica | 30% |
Geotérmica | 30% |
Redes de autoconsumo compartido | 25% |
Mini eólica | 25% |
En el caso de instalaciones mixtas de dos o más de las tecnologías anteriores, la cuantía de la ayuda se determinará aplicando el porcentaje más alto de los que correspondan según el cuadro anterior a las tecnologías que la integran.
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